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[In]Seguridad Informática => Hacking => Mensaje iniciado por: HATI en Marzo 10, 2017, 10:00:18 PM

Título: Legal Hacking 2 - Descargas ¿Qué es legal y qué no?
Publicado por: HATI en Marzo 10, 2017, 10:00:18 PM
Legal Hacking

A partir del post de @Pricker (https://underc0de.org/foro/profile/Pricker/), Legal Hacking 1 - Introducción (https://underc0de.org/foro/hacking/t31224),  surge la idea de hacer una recopilación de entradas con información jurídica sobre temas informáticos. Para colaborar solo tienes que publicar un post con contenido similar, que respete las normas del foro y cuidando la ortografía y presentación del mismo. Cuando el post sea revisado por un moderador de la sección se aceptará o no para Legal Hacking.






(https://k33.kn3.net/taringa/5/7/4/0/D/4/the-hackk/128.png)

Descargas ¿Qué es legal y qué no?

Las descargas son algo en lo que prácticamente todos nosotros y los que nos rodean estamos involucrados. El tema de la piratería ofrece un debate interesante, complicado y muy presente a día de hoy. En este post se recopilarán normas e información sobre las descargas y cómo nos afectan.

*Nota: las leyes mencionadas son referentes a España


Términos importantes:



















Legislación:

Las descargas de los usuarios sin beneficios económicos no son delito:
CitarSerá castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios. (Artículo 270.1 del Código Penal)
Para evitar el debate, se aclara que el ahorro del producto no se considera beneficio:
CitarEl beneficio podrá obtenerse de manera directa o indirecta, pero siempre se referirá a una ganancia o ventaja distinta del mero ahorro del precio por el disfrute de la obra o prestación, y obtenida a escala comercial, esto es, mediante una actividad orientada a esta finalidad. (Circular de la Fiscalía General)


P2P y uploaders, ¿qué dice la Fiscalía?:
CitarPor lo que se refiere a los usuarios particulares, la actividad generalmente no es susceptible de calificarse como intermediación, dado que se limita a una puesta en común de archivos por parte de un número indeterminado de sujetos -cada usuario aporta lo que tiene y toma del conjunto lo que necesita-. Al margen de la irregularidad de esta conducta, como ya se indicaba en la Circular 1/2006, no cabe encajar estos comportamientos en el tipo penal del art. 270 CP, tanto en el derogado como en el actualmente vigente, debido a la ausencia de ánimo de obtener beneficio económico, sea directo o indirecto. (Circular de la Fiscalía General)
CitarAhora bien, de ello también puede derivarse responsabilidad para estos uploaders: la experiencia ha puesto de manifiesto que en no pocos casos quien facilita enlaces o contenidos actúa concertadamente con el administrador de la página web y con otras personas, en un claro modelo de negocio que persigue obtener ganancias mediante la explotación ilícita, de manera sistemática y organizada, de los derechos de propiedad intelectual. Así, quienes facilitan al webmaster enlaces o contenidos y reciben por ello cantidades de dinero u otro tipo de ventajas económicas, en función del número de obras que han proporcionado y obtenido por si mismos o a través de terceros mediante su grabación fraudulenta en salas de cine o por cualquier otro medio, incurrirán por ello en responsabilidad criminal. (Circular de la Fiscalía General)
CitarHa de señalarse, por último, que en algunas ocasiones las páginas web de enlaces se encuentran enmascaradas bajo la apariencia de foros en los que los links son subidos por los usuarios, que hacen las funciones de uploaders. En estos casos quienes aportan los links obtienen sus ganancias directas mediante la contratación de cuentas premium, con contraprestación económica, por parte de los restantes usuarios del foro, por lo que la financiación indirecta a través de publicidad queda en un segundo plano. (Circular de la Fiscalía General)
CitarLa actividad que desarrollan los prestadores de servicios de la sociedad de la información será perseguible penalmente cuando concurran los presupuestos legales para ello, aunque los enlaces que ofrezcan al público hayan sido facilitados inicialmente por los destinatarios de sus servicios (art. 270.2, inciso último), ya que tal circunstancia no varía la naturaleza de actividad de intermediación realizada por el responsable de la página al facilitar el acceso irregular a contenidos con la finalidad de beneficiarse económicamente en perjuicio de tercero. (Circular de la Fiscalía General)


Pueden demandarte igualmente:
CitarCuando tú como usuario descargas estás reproduciendo la obra (reproducción es la fijación de la obra en un soporte que permite la realización de copias de todo o parte de la obra) y, generalmente, la estás comunicando al público (comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas). Por lo tanto realizas esa conducta sin permiso del titular de los derechos. (David Maeztu)


Resumen:



Documentales y reportajes relacionados:

Downloaded - Documental (http://powvideo.net/iframe-jz1ztq9atubn-685x410.html)









Podeís añadir información en los comentarios, el tema da para debate, a ver si alguien se anima.

Un saludo, HATI  ;D

Fuentes: wikipedia.org  -  xataka.com